Artículo invitado

Este artículo ha sido escrito por Carlos Gahete, CEO de Billeo, gestoría online de asesoría fiscal, contable y laboral. El contenido, los criterios y las opiniones que se recogen son de su autor y no representan necesariamente la posición de Premiero. Tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal profesional: la normativa cambia con frecuencia, así que, antes de tomar decisiones, consulta tu caso concreto con un asesor. Información vigente a fecha de publicación (noviembre de 2026).

Automatizar la facturación en WooCommerce resuelve mucho trabajo: cada pedido genera su factura, con su número y su IVA, sin que nadie tenga que tocarla. Pero un plugin solo aplica las reglas que tú le has dado. Si la configuración no refleja a quién vendes y adónde envías, la tienda seguirá emitiendo facturas impecables con el impuesto equivocado.

Esta guía plantea cinco preguntas que conviene hacerse aunque la facturación ya funcione sola, con un resumen en tablas y las dudas más habituales al final. Se refiere a tiendas establecidas en la Península o Baleares; el País Vasco y Navarra tienen sus propias normas forales en algunos de estos puntos.

Pregunta 1. ¿Sabes qué IVA corresponde a cada tipo de pedido?

El IVA de una venta online no depende solo de lo que vendes, sino de quién compra y adónde viaja el paquete. Esta tabla resume los casos más habituales en la venta de productos físicos:

Destino del pedido Quién compra IVA en la factura Qué necesitas conservar Dónde se declara
España (Península y Baleares) Particular o empresa IVA español Factura Modelo 303
Otro país de la UE Particular, ventas a la UE de hasta 10.000 € al año IVA español Factura y prueba de envío Modelo 303
Otro país de la UE Particular, por encima de 10.000 € o si has optado por tributar en destino IVA del país del cliente Factura, país de entrega y prueba de envío Modelo 369 (OSS)
Otro país de la UE Empresa con NIF-IVA válido en VIES Sin IVA (entrega intracomunitaria exenta) Comprobación del NIF-IVA y prueba de transporte Modelos 303 y 349
Fuera de la UE Particular o empresa Sin IVA (exportación exenta) Factura y prueba de salida (DUA de exportación) Modelo 303
Canarias, Ceuta y Melilla Particular o empresa Sin IVA (a efectos del IVA se trata como exportación) Factura y documentación aduanera Modelo 303

Cada fila debería corresponder a una regla de tu configuración. Si tu tienda aplica el mismo tipo de IVA a todos los pedidos, ya sabes dónde empezar.

Pregunta 2. ¿Has cruzado la línea de los 10.000 €?

El umbral de 10.000 € es conjunto para toda la UE: no se calcula país por país. Suma tus ventas a distancia a particulares de otros Estados miembros (sin IVA) y, si las tienes, ciertas prestaciones de servicios electrónicos a consumidores de otros países. Si esa cifra supera los 10.000 € en el año en curso o la superó el año anterior, las ventas pasan a tributar con el IVA del país del cliente. La venta que hace cruzar el umbral ya tributa en destino.

Para no tener que darte de alta en cada país, existe la ventanilla única (OSS, régimen de la Unión):

  1. Te das de alta desde España con el modelo 035.
  2. Presentas cada trimestre el modelo 369, con el IVA de cada país de consumo, y lo pagas a la Agencia Tributaria, que lo reparte.
  3. Ese IVA no se incluye en tu modelo 303.

También puedes optar por tributar en destino sin haber llegado al umbral; esa opción te vincula durante al menos dos años. En la tienda, lo que esto exige es sencillo de enunciar: que el tipo aplicado cambie según el país de entrega y que puedas sacar un informe de ventas por país y trimestre que cuadre con el 369.

Pregunta 3. ¿Puedes demostrar que tus envíos fuera de la UE han salido?

Las ventas a Suiza, Reino Unido, Estados Unidos o cualquier otro país de fuera de la UE son exportaciones, y están exentas de IVA siempre que los bienes salgan efectivamente del territorio aduanero de la Unión. La factura va sin IVA, pero debe indicar por qué: una referencia a la exención que se aplica (artículo 21 de la Ley del IVA).

La exención depende de la prueba. Lo que acredita la salida es el DUA de exportación (o el documento aduanero equivalente) junto con la factura, el pedido y los documentos de transporte. Cuando envías con un transportista o un operador postal, normalmente es él quien tramita la parte aduanera, así que conviene pedirle esa documentación y archivarla con cada pedido. Si no puedes acreditar la salida, Hacienda puede negar la exención y reclamar el IVA español.

Dos detalles más que suelen pasar desapercibidos:

Pregunta 4. ¿Tu plugin de facturación está preparado para Verifactu?

El Reglamento de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023), conocido como Verifactu, afecta a cualquier programa con el que emitas facturas, y eso incluye el plugin de tu tienda. Exige que cada factura genere un registro que no se pueda alterar, con un código QR en la factura, y permite dos modalidades: enviar los registros a la Agencia Tributaria en el momento (modalidad VERI*FACTU) o conservarlos con firma electrónica y las demás garantías técnicas.

Sobre las fechas, conviene ser preciso:

Situación Fecha
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (sociedades) 1 de enero de 2027
Resto de obligados, incluidos los autónomos 1 de julio de 2027
Aplazamiento anunciado por Hacienda Octubre de 2028 (previsión, todavía sin publicar en el BOE)

El Ministerio de Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 su intención de aplazar estas obligaciones hasta octubre de 2028, pero a fecha de este artículo esa modificación no se ha publicado en el BOE. Mientras no se publique, las fechas legales siguen siendo las de 2027. Lo prudente es preguntar ya al desarrollador del plugin si su versión cumple el reglamento, en qué modalidad trabaja y si cubre también las facturas rectificativas que se generan con las devoluciones.

No hay que confundir Verifactu con la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales, que tiene su propio calendario. Si vendes sobre todo a particulares, te afecta menos, pero si una parte de tus pedidos son de empresas, merece una revisión aparte.

Pregunta 5. ¿Cuadra lo que sale de la tienda con lo que declaras?

La última comprobación es la menos vistosa y la que más problemas evita: que las cifras del informe de WooCommerce coincidan con las de tus declaraciones. Una tabla de referencia rápida:

Modelo Para qué sirve en una tienda online Periodicidad habitual
303 IVA español: ventas nacionales, exportaciones y entregas intracomunitarias exentas, IVA deducible Trimestral
349 Declaración informativa de las ventas a empresas de otros países de la UE Según volumen, normalmente trimestral
035 Alta, modificación o baja en la ventanilla única (OSS) Cuando corresponda
369 IVA de las ventas a particulares de la UE acogidas a la OSS Trimestral
390 Resumen anual del IVA Anual

Si las devoluciones, los cupones o los gastos de envío se tratan de forma distinta en la tienda y en la contabilidad, las cifras no cuadrarán. Revisarlo una vez por trimestre lleva poco tiempo; reconstruirlo un año después, mucho.

Sobre el autor

Carlos Gahete es CEO de Billeo, gestoría online de asesoría fiscal, contable y laboral en la que cada cliente tiene un asesor personal. En Billeo trabajan, entre otros, con tiendas online que venden en España y en el extranjero.

La parte técnica: dónde entra Premiero

Todo lo anterior acaba convirtiéndose en configuración dentro de tu tienda: las reglas de impuestos por país de entrega, la validación del NIF-IVA de las empresas, los informes de ventas por país y trimestre y el plugin de facturación que tendrá que generar los registros de Verifactu. Que todo eso funcione depende de cómo esté montado. En Premiero nos encargamos de esa parte técnica: revisamos la configuración de WooCommerce a partir de los criterios que te marque tu asesor, comprobamos con el desarrollador del plugin si está preparado para Verifactu y ajustamos lo necesario para que lo que sale de la tienda cuadre con lo que declaras. Si quieres que revisemos la tuya, escríbenos y lo vemos juntos.

Revisarlo una vez por trimestre lleva poco tiempo; reconstruirlo un año después, mucho.

Preguntas frecuentes

No. Es un límite único para el conjunto de tus ventas a distancia a particulares de otros países de la UE (y ciertos servicios electrónicos), sin IVA.

No. Es un régimen opcional. La alternativa, si superas el umbral, es registrarte a efectos de IVA en cada país donde tengas clientes.

Si la empresa tiene un NIF-IVA válido en VIES, estás dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios y puedes probar el transporte, la venta es una entrega intracomunitaria exenta y se declara también en el modelo 349. Si el NIF no es válido, trátala como una venta a un particular.

Canarias está fuera del ámbito del IVA. A efectos de IVA, los envíos desde la Península se tratan como exportaciones y la factura va sin IVA español, con la documentación aduanera correspondiente. En destino se aplica el IGIC a la importación.

Sí. La exportación es una exención plena y no te quita el derecho a deducir el IVA soportado en tu actividad.

Se ha anunciado, pero a fecha de este artículo no está publicado en el BOE. Las fechas legales siguen siendo el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.

Sí. El reglamento se aplica al sistema con el que se emiten las facturas, sea un programa de escritorio, una aplicación en la nube o un plugin de WooCommerce.